Páginas

sábado, 3 de diciembre de 2011

Carta abierta a los ancianos Zintan y Saif al-Islam Khadafi





Publicado: 03/12/2011
Desde:  Mathaba
    Compartir en TwitterFacebook
Una opción prudente debe ser presentado, que protege los derechos de Saif al-Islam, continúa manteniendo Zintan responsabilidades tribales y su Código de Honor, y que, al mismo tiempo, los intentos de llevar adelante la verdad y la justicia para Saif y el pueblo libio.


Informes de que Saif al-Islam fue aprehendido a través del seguimiento de mensajes de teléfono británico, pero afortunadamente, en el momento que estaba en el área de la tribu de Zintan, y entre las tribus Khadafi y Zintan hay un 200 años de antigüedadcódigo tribal de honorno hacerse daño unos a otros prisioneros de guerra - algo que los británicos no estaban conscientes.
Hay dos cosas que son obvias y significativas:
1) Saif está siendo tratado de forma humana por la Zintans, un hecho notable de los videos de lanzamiento de Saif abierta y libremente a hablar con sus captores. Él les dijo que el momento llegará pronto cuando se arrepentirá de su traición a la Jamahiriya, y las consecuencias políticas fueron discutidos abiertamente. Podemos suponer que se encuentra actualmente en buenas manos.
2) El ahora decadente anglo-americano, francés y sus decrépitas Oriente Medio monarcas, junto con sus compañeros de viaje sionistas, todos lo prefieren muerto, lo que ellos esperaban, si no la Zintans que hacer, a continuación, Saif entrega a los gobernantes bárbaros, patrocinado por la OTAN la supervisión de la nación una vez próspero, soberano y en desarrollo de Libia, que sin duda luego dar lugar a un estilo de Saddam Hussein, "legal" linchamiento, en el mejor de los casos.
Así que una opción prudente debe ser presentado, que protege los derechos de Saif al-Islam, continúa manteniendo Zintan responsabilidades tribales y su Código de Honor, y que al mismo tiempo los intentos de llevar adelante la verdad y la justicia para Saif y la pueblo libio. Al mismo tiempo, se debe a todos la adhesión, mientras que la demanda total y completa con el Derecho Internacional. Las siguientes recomendaciones no se presentan a la ligera. La CPI ha demostrado a sí mismos como parte del nexo del Nuevo Orden Mundial, y parte de la conspiración contra la soberanía de las naciones, y también una institución que actúa en contra de las libertades de las personas libres en todas partes - especialmente en África, pero aún así sabemos que es la certeza de que la ONU, la OTAN, las potencias occidentales y sus aliados prefieren las opciones antes descritas, que Saif sería asesinado como su padre Muammar Mártires y valiente hermano Mutassim, o "legal" linchado por los peones presentes libio instalado a través de la perfidia imperial.
Así que propongo, que en los términos y condiciones del Convenio de Ginebra relativo al trato de los prisioneros de guerra (La Convención) los Ancianos Zintan se tiene la opción de declarar que a él la mano en busca de seguridad y protección, y, finalmente, un juicio, porque él es su designado legalmente "prisionero de guerra" en la Convención. La tribu Zintan, si así lo desean cumplir con el Convenio, mientras que al mismo tiempo la defensa de su Código de Honor tribales, tienen la opción de la Convención para entregarle a un tercero - un "Estado neutral" que debería ser un miembro de signatorial de la Convención - como Rusia, Malasia y Venezuela, por ejemplo. Esta transferencia está expresamente permitido por múltiples circunstancias y de los artículos de la convención, incluyendo pero no limitado a:
Artículo 6 :
Además de los acuerdos expresamente previstos en los artículos 10, 23, 28, 33, 60, 65, 66, 67, 72, 73, 75, 109, 110, 118, 119, 122 y 132, las Altas Partes Contratantes podrán celebrar otros acuerdos especiales sobre cualquier cuestión que les parezca oportuno zanjar solventar por separado. Ningún acuerdo especial podrá perjudicar a la situación de los prisioneros de guerra, tal como se define en el presente Convenio, ni restringir los derechos que les confiere.
Los prisioneros de guerra deberán seguir teniendo el beneficio de estos acuerdos mientras el Convenio les sea aplicable, salvo estipulaciones en contrario expresamente contenidas en la mencionada o en acuerdos ulteriores, o también salvo medidas más favorables tomadas con respecto a la por una u otra de las Partes en el conflicto.
el artículo 10 :
Las Altas Partes Contratantes podrá en cualquier momento, en confiar a un organismo que ofrezca todas las garantías de imparcialidad y eficacia, las tareas que incumben a las Potencias protectoras, en virtud de la presente Convención.
Cuando los prisioneros de guerra no se benefician, o dejar de beneficiarse, no importa por qué razón, por las actividades de una Potencia Protectora o de una organización prevista en el párrafo anterior, la Potencia detenedora deberá solicitar a un Estado neutral sea a tal organismo , para llevar a cabo las funciones asignadas en el presente Convenio a las Potencias protectoras designadas por las Partes en un conflicto.
Si la protección no se puede arreglar, la Potencia detenedora deberá solicitar, o deberá aceptar, con sujeción a las disposiciones del presente artículo, la oferta de los servicios de una organización humanitaria, tales como el Comité Internacional de la Cruz Roja para asumir las tareas humanitarias realizadas por Potencias protectoras en el presente Convenio.
Cualquier Potencia neutral o cualquier organismo invitado por la Potencia interesada o que se ofrezca a estos efectos, tendrán la obligación de actuar con un sentido de responsabilidad hacia el partido en el conflicto en el que las personas protegidas por el presente Convenio, y estará obligado a presentar garantías suficientes de que está en condiciones de asumir el cometido y para desempeñarlo con imparcialidad.
No obstante lo dispuesto en las disposiciones anteriores se hará por acuerdo particular entre Potencias cuando una de ellas se vea, aunque sea temporalmente, en su libertad para negociar con la otra Potencia oa sus aliados, a causa de acontecimientos militares, especialmente cuando la totalidad o una parte sustancial parte, del territorio de dicha Potencia está ocupado.
Siempre que se menciona en el presente Convenio a la Potencia protectora, tal mención se aplica a los organismos que la sustituyan en el sentido del presente artículo. "
Por lo tanto, la entrega de un prisionero de guerra declarada a los efectos de su salud, seguridad y posiblemente un juicio, sería ejecutado en las condiciones que un "Estado neutral", asegura su salud, seguridad, y también garantiza Saif un juicio justo ante la Corte Penal Internacional, si Saif mutuo acuerdo con la Zintan que el caso sea escuchado en su contra antes que ellos u otro órgano judicial tal.En virtud del artículo 10 de la Convención, el "poder neutral" tiene la autoridad para actuar a partir de entonces bajo el mandato mismo como una "potencia protectora", con todos los derechos y responsabilidades inherentes a la misma.
Transferencia de Saif a un "Estado neutral", otorga una tremenda autoridad para ellos, pero nunca deben sustituir los derechos Zintans y responsabilidades. Ni tampoco como una transferencia a aliviar el Zintan de sus responsabilidades permanentes en la Convención ".
De acuerdo con el artículo 12 :
"Los prisioneros de guerra están en poder de la Potencia enemiga, y no de los individuos o cuerpos de tropa que los hayan capturado.Independientemente de las responsabilidades individuales que pueda haber, la Potencia detenedora es responsable del trato que reciban.
Los prisioneros de guerra no pueden ser transferidos por la Potencia detenedora a una Potencia que sea Parte en la Convención y cuando la Potencia detenedora se haya cerciorado de la voluntad y la capacidad de poder como cesionario para aplicar la Convención. Cuando los prisioneros de guerra sean trasladados en tales circunstancias, la responsabilidad de la aplicación de la Convención se basa en la Potencia que haya aceptado mientras están bajo su custodia.
Sin embargo, si ese poder no cumple con las disposiciones de la Convención en cualquier punto importante, la Potencia que los prisioneros de guerra fueron transferidas deberá, tras la notificación de la Potencia protectora, tomar medidas eficaces para remediar la situación, o solicitar la regreso de los prisioneros de guerra. Dichas solicitudes deben ser respetadas. "
Por lo tanto, si en algún momento posterior a la transferencia de Saif, el juicio se determina que es injusto, tanto el "poder neutral" de la Convención, y Zintan, en virtud tanto de su código tribal y de la Convención, mantener el derecho a declarar si el juicio sea justo e imparcial en las normas internacionalmente aceptadas de la jurisprudencia. Por si en algún momento se determine lo contrario, poseen el derecho - de hecho, la responsabilidad - a la demanda de custodia y jurisdicción sobre Saif. En virtud del artículo 12 de la Convención ", tales demandas deben cumplirse". Esa es la ley internacional bajo la Convención. Es crítico sin embargo, que el "poder neutral" a la que Saif se transfiere como un prisionero de guerra, que desde entonces actúa conforme a las disposiciones de un "poder protector", así como la tribu del Zintan, el original "Potencia detenedora", de manera inequívoca que la demanda de adhesión a todas las condiciones establecidas en la Convención, especialmente de mantener el derecho para su regreso tan claramente enunciado en el artículo 12.
Aunque la Cruz Roja a menudo actúan como una "potencia protectora", no hay un mandato que este sea el caso, y en caso de Saif, ciertamente no se recomienda debido a su financiación, y la alianza con los gobiernos occidentales. Lo mismo podría decirse de la Media Luna Roja. Con esto en mente, y que operan bajo la creencia de que si el juicio iban a ser ejecutados de una manera justa y equitativa conforme a los principios y normas una vez aceptada y entendida como el respeto del derecho internacional, Saif sería declarado inocente y los malvados sectarios que desencadenó esta cruzada injusta contra el pueblo libio y africanos serían ellos mismos expuestos por su culpabilidad por delitos contra la paz, crímenes de lesa humanidad como el Derecho Internacional es codificada bajo el estándar de Nuremberg. Pero esa es otra cuestión que se debe permitir que se planteó como defensa durante el juicio, ya que estos son los cargos con eficacia contra Saif y la dirección de la Jamahiriya Árabe gratis. El propósito aquí es inmediato para la salud de Saif y de seguridad, luego de un proceso que conduce a una audiencia pública y justa ante la CPI para que el mundo pueda estar informado de la multitud de mentiras llevada a cabo por diferentes instituciones y las fuerzas de estos organismos mundiales ahora totalmente corrompido, específicamente la Corte Penal Internacional, la ONU, la OTAN y la Liga Árabe.
Además, no hay absolutamente ningún requisito Saif, un prisionero de guerra bajo el derecho internacional, debe ser recluido en régimen de internamiento o por agentes de la Corte Penal Internacional, la OTAN o la ONU, ya que durante todo el proceso que deber puede y debe ser realizada por el neutral " poder ". Así que efectivamente, Saif se celebrará bajo el cuidado y la custodia de la "Potencia neutral" durante todo el proceso. Esta protección lo que mitigaría el potencial de una enfermedad aquejan a Saif repente si tuviera que ser puesta bajo el cuidado de los mencionados anteriormente, las instituciones y fuerzas políticas antagónicas. Esto podría evitar una repetición de lo que puede denominarse como la "enfermedad de Milosevic". El único requisito en este respecto sería que Saif al acuerdo a que se adhieran a las condiciones razonables establecidos por la Zintan, así como los estipulados en la Convención para un prisionero de guerra hayan sido transferidas. Por ejemplo, Saif se negó conversaciones con los libios o de otros que todavía pueden estar involucrados con el conflicto en todos los asuntos no directamente relacionados con su defensa.
El Zintan ya negarse a entregar Saif a los monstruos de Trípoli, sabiendo que su falta de autoridad constitucional, su falta de protecciones que los prisioneros de guerra durante el conflicto y, especialmente, el trato dispensado tanto Muammar y Mutassim Khadafi, lo que combinado es evidencia prima facie de su incapacidad de proteger los derechos de Saif virtud de la Convención - no importa tener un juicio justo e imparcial. Por lo tanto, durante las negociaciones para la transferencia de Saif a una voluntad y capacidad "Potencia neutral", es una simple cuestión de Zintan, si es su intención, a manifestar su exigencia de que la Corte Penal Internacional será el foro para cualquier juicio potencial. Si la Corte se niega, entonces sus mentiras y la traición estarán expuestos.
Por favor tenga en cuenta sin embargo que no hay ningún requisito en virtud del Convenio que el Zintan o "Potencia neutral" debe entregar Saif en un juicio a la Corte Penal Internacional. Él puede ser trasladado a un "Estado neutral" a los efectos de la salud y la seguridad sólo, o, "No importa por qué razón ", y el proceso está completo sin un juicio.Esto sería especialmente el caso si iban a entregarlo a un "Estado neutral" que no reconoce la autoridad de la CPI.
En efecto, si los ancianos Zintan así lo desean, simplemente pueden declarar que sus vínculos sagrados tribales y el Código de Honorsustituye a cualquier pronunciamiento de la jurisdicción por las potencias occidentales y sus agentes imperiales en la Corte Penal Internacional, o cualquier otro organismo internacional cuya autoridad ellos lo que simplemente se niegan a reconocer como la celebración por excelencia, título jurídico por encima de la Zintan sobre el destino de Saif al-Islam Khadafi - el vínculo tribal por lo tanto tiene supremo.
No es sorprendente que la Corte Penal Internacional ya ha manifestado su proclamación imperial más reciente que Saif ser juzgados por sus autoridades recién instalado, designado, y adoctrinados adecuadamente en Libia. Sin embargo, según el ll Protocolo de la Convención, que estipula la protección de los prisioneros de guerra que tuvo lugar en condiciones de orden civil, o, guerra intestina, el Zintan, que fueron y son "una parte en el conflicto", (dejando de lado el tema y la realidad de instigación ilegal, y la intervención extranjera) sería una violación de la Convención de si iban a entregarlo a las nuevas autoridades civiles de Libia, bajo la creencia de que su vida y los derechos no puede ser garantizada. Bajo esa condición, toda autoridad internacional que exigía una entrega de Saif a las autoridades libias nuevo se también en violación de la convención. Y para los ancianos Zintan, una situación que también puede violar su honor sagrado de las tribus.
No es que la élite occidental, ni su edad oscura despótico, Medio Oriente déspotas respetará todos los aspectos de Derecho Internacional de todas formas - a menos que ciertos artículos se adaptan a sus fines en el momento. Derecho Internacional, como el desarrollado desde el Tratado de Westfalia, y se amplió en los últimos años del siglo 20, es ahora, para todos los efectos, muerto. El honor de la Zintan en la defensa de su vínculo tribal es una notable excepción en estos días a la depravación de la elite occidental de hoy, junto con su Medio Oriente monárquico y sus aliados sionistas.
Tal vez sea esta unión antigua tribu, y el Código de Honor que muestra el Zintan - que surgen en el continente de África, de la civilización desde donde surgieron primero - que puede volver a mostrar a la humanidad un camino verdadero y sabio en un futuro civilizado. Este es el único camino disponible para la verdad para el pueblo libio, una ruta y un proceso de verdad que podemos esperar también lleva a la reconciliación de Libia tribales y nacionales.
Esta propuesta y la ruta también serviría como los medios y métodos por los que Saif y los verdaderos patriotas de Libia puede alcanzar la justicia - por mantener los más altos principios enunciados en los últimos miles de años de anhelo de la humanidad por la fraternidad entre todos los hombres y mujeres de buena voluntad . De hecho, puede ser la última oportunidad de la humanidad para evitar la conflagración mundial del imperio anglo-americano tiene para todos nosotros, porque la guerra y el saqueo es el único medio a su alcance para salvar sus instituciones financieras en bancarrota sin remedio y los gobiernos. Ahora parece que incluso están dispuestos a jugar con la Tercera Guerra Mundial si eso es lo que se necesita para mantener su posición preeminente del poder mundial. Si la gente de buena voluntad desean para detenerlos, entonces la transferencia de Saif y el juicio, llevado a cabo a plena luz del día, en plena reconocidos y enunciados los principios del Derecho Internacional, es una forma de hacerlo.
Artículos de opinión son responsabilidad del autor y no reflejan necesariamente la opinión de Mathaba Agencia de Noticias
#
 Gorjeo Facebook

No hay comentarios:

Publicar un comentario